El pasado 23 de marzo fue publicada en Gaceta Oficial la Resolución 129 del 26 de febrero de 2018, que aprueba las medidas técnicas y administrativas para la adecuación, organización y funcionamiento de las Salas de Lactancia Materna en los lugares de trabajo.
En nuestro país, el Artículo114 del Código de Trabajo establece que toda madre cuando esté lactando dispondrá en los lugares donde trabaja de un intérvalo de quince minutos cada tres horas. También puede ser, una media hora dos veces al día durante sus labores, con el objeto de alimentar a su vástago.
Programa Materno Infantil de la Policlínica Dr. Santiago Barraza de la Caja de Seguro Social, en La Chorrera, busca concienciar sobre la importancia de la lactancia materna. https://t.co/L8vEiwzkQo pic.twitter.com/1hyxVq4VtG
CSS Panamá (@CSSPanama) 18 de abril de 2018
Las madres deben sentirse a gusto en las salas
Yeris Nielsen Moreno, experta en derecho laboral, explicó que esta norma detalla que estas salas deben brindar privacidad y comodidad para que las madres trabajadoras puedan amamantar a su hijo o extraer su leche, conservarla de forma segura hasta el final de su jornada laboral para que luego la transporte a su vivienda.
Directora General Yazmín Cárdenas participa como invitada especial al conversatorio "La lactancia materna beneficia a los niños, madres, familias y a Panamá. ¿Qué podemos hacer para apoyarla? #DiadelaMujer #EquidadMujer pic.twitter.com/3p1Lo2sizq
Senniaf Panamá (@Senniaf) 8 de marzo de 2018
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La también socia de la firma BDS Asesores añadió que dentro de los lineamientos que deben cumplir las empresas están: contar con una política escrita de lactancia materna, adecuar el espacio físico y dotar de equipo mobiliario mínimo necesario para la lactancia o extracción de la leche materna. Además, debe aplicar normas técnicas de seguridad que permitan la conservación de la leche materna. Por otro lado, se debe informar y educar a las madres sobre esta temática.
La creación de esta sala facilita a las madres, continuar la lactancia materna una vez se reincorporen a sus labores. pic.twitter.com/pkluApNY8h
MIDES (@MIDES_PANAMA) 12 de octubre de 2017
El empleador le procurará algún medio de descanso dentro de las posibilidades de sus labores y mantendrá en número suficiente de sillas o asientos a disposición de las trabajadoras.
La legislación establece que todo empleador que ocupe un lugar de trabajo con más de 20 mujeres deben tener una sala de lactancia materna.